Ayuda para PYMES en proyectos de prevención de riesgos laborales.
Resolución de 26.06.2019 de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para 2.09 SUBVENCIONES en régimen de concurrencia competitiva a microempresas, PYMES, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de proyectos de Precenvión de Riesgos Laborales con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13.06.2018. BOJA N.116.
Plazo hasta el 2 de Agosto de 2.019.
Convocatoria 2.019:
SUBVENCIONES para las empresas que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales y desarrollen como actividad económica las enumeradas en el apartado A (extracto de la Resolución), que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos que, cumpliendo los requisitos establecidas en las bases reguladoras (Orden de 13.06.2018), contribuyan a la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.
Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones las PYME ya sean personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que ocupen a personas trabajadoras por cuenta ajena en los términos definidos por el artículo 1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y lleven a cabo actividades y/o proyectos de mejora de la prevención de riesgos laborales que cumplan los requisitos establecidos en estas bases reguladoras y repercutan en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza, y que cumplan con los siguientes requisitos:
- A los efectos de estas Bases Reguladoras, se considerarán PYME las que se ajuste a la definición que en cada momento establezca la Unión Europea. Actualmente han de considerarse como tales, aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) No 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
- Con carácter general, tendrán la condición de beneficiarias las PYME que desarrollen alguna de las actividades económicas que reflejen en la Comunidad Autónoma Andaluza mayores índices de incidencia de siniestralidad laboral por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales. Cada convocatoria determinará los sectores destinatarios las mismas, según clasificación CNAE 2009, establecida en el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009, en función de la evolución de los referidos índices de incidencia de siniestralidad laboral.
Del mismo modo, también tendrán la condición de beneficiarias las PYME que desarrollen las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de otros programas de acción de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, que prevean iniciativas de subvenciones a las empresas compatibles con las presentes bases reguladoras, como es el caso del Decreto 192/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía. Las convocatorias que respondan al desarrollo de referidos programas de actuación, determinará de igual modo los sectores destinatarios las mismas, según citada clasificación CNAE 2009. - Acreditar que durante los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes que en cada convocatoria se establezca, el número medio anual de personas trabajadoras empleadas por la entidad solicitante en situación de alta en el Sistema de la Seguridad Social es igual o superior a uno.
- Tener el domicilio social y fiscal en Andalucía.
- Desarrollar actividades y/o proyectos que cumplan con los requisitos que se especifican en estas bases reguladoras para las actividades y proyectos subvencionables.
Documentación:
- En caso de no haberse prestado consentimiento por parte de la persona solicitante/representante para la consulta de sus datos de identidad, a través del Sistema de Verificación de Identidad, en el formulario de solicitud de la subvención correspondiente, deberá aportarse fotocopia autenticada del DNI/NIE.
- Cuando la entidad solicitante tenga personalidad jurídica, poder bastanteado de la persona firmante de la solicitud para la representación de la misma.
- En el caso de las comunidades de bienes, se presentará copia del contrato privado escrito y firmado por los comuneros o escritura pública de constitución otorgada ante notario, y poder bastanteado o poder notarial de la persona firmante de la solicitud para la representación de la misma.
- Copia del NIF de la entidad, en su caso.
- Documentación acreditativa de la condición de PYME, mediante la aportación de la siguiente documentación, tanto de la propia empresa como, en su caso, de las empresas asociadas o vinculadas a la misma:
– Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (Modelo A008), en el que se indique el número anual medio de personas trabajadoras empleadas por la empresa durante los tres últimos años de todos los códigos de cuenta de cotización (CCC) que tenga la entidad beneficiaria, o documento equivalente.
– Balance general anual o Cuenta de pérdidas y ganancias del último ejercicio cerrado, con acreditación de la aprobación de las mismas por el órgano competente, y en su caso, su depósito en el correspondiente Registro Mercantil. En caso de no tener obligación de presentación de cuentas anuales, documentación acreditativa equivalente relativa a la presentación de las declaraciones de IVA e IRPF. En empresas que no hayan cerrado aún sus cuentas, por primera vez, certificado de la propia empresa sobre el estado de las cuentas a la fecha de publicación de la convocatoria de las presentes subvenciones, o documento equivalente. - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de Inscripción de Empresario en el Sistema de la Seguridad Social, en el que se refleje la Actividad Económica (según CNAE 2009) por la que cotizan las personas empleadas por cuenta ajena a su cargo.
- Declaración censal de actividades (modelo 036 de la Agencia Estatal Tributaria) o la Declaración de Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 840 de la Agencia Estatal Tributaria).
- Estatutos y escrituras de constitución, modificación o transformación inscritos en el Registro Mercantil o equivalente.
- Documento acreditativo del modelo de organización de la actividad preventiva adoptado por la empresa, conforme al artículo 30 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
- Factura o facturas pro forma, extendida por la entidad suministradora, relativa a los bienes, equipos o servicios de asistencia técnica objeto de la solicitud. Cuando el importe del objeto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la entidad beneficiaria de la subvención deberá recabar como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras, con carácter previo a la presentación de la solicitud de la subvención, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren y así lo justifique. La elección entre las ofertas presentadas, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
- Certificación acreditativa de la seguridad de los bienes o equipos objeto de la subvención, conforme a la normativa que les sea de aplicación, o declaración responsable de presentación con la documentación justificativa.
- Extracto del Plan de Prevención de Riesgos Laborales donde se recoja la evaluación de riesgos y la Planificación preventiva del proyecto solicitado, firmada cada cual por la persona responsable al efecto.
- En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el formulario correspondiente deberá presentarse un nuevo presupuesto de la actividad subvencionada, ajustado al importe objeto de reformulación.
- Se aportará la documentación acreditativa necesaria y/o complementaria a efectos de la justificación del cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en el apartado 12 de este cuadro resumen, y en particular se deberá aportar:
– Documentación acreditativa de la estabilidad en el empleo de la plantilla de la empresa y documentación acreditativa del tamaño de la plantilla de la empresa, mediante por ejemplo, certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social de informe de vida laboral de la empresas (Modelo A002) de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.
– Documento acreditativo de haber sometido el proyecto o actividad a la consulta y participación de las personas empleadas en la empresa, a través de los mecanismos de participación correspondientes según lo estipulado en el capítulo V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, a través de: acta del comité de seguridad y salud; documento equivalente firmado por, según el caso, los «Delegados de Prevención», o por las personas representantes del personal o por al menos el 75% de la plantilla de la empresa.
– Documentación acreditativa de que proyecto incluye la atención a la discapacidad, en la que se identifique al menos, los puestos de trabajo objeto de adaptación en el centro de trabajo y las medidas preventivas específicas de adaptación a implementar.
– Documentación acreditativa de que proyecto incluye la perspectiva de género, en la que se identifique al menos, los puestos de trabajo del centro de trabajo afectados por la característica del género de la persona trabajadora y las medidas específicas de adaptación a dicha característica a implementar.
– Documentación acreditativa de la certificación en OHSAS 18001, en su caso.
– Documentación acreditativa de las certificaciones en ISO 14001 o EMAS, según corresponda, en su caso.
La documentación anterior deberán presentarse como documentos electrónicos, copias electrónicas de documentos electrónicos o copias electrónicas de documentos emitidos originalmente en soporte papel, que incluyan un código generado electrónicamente u otros sistemas de verificación que permitan contrastar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la Administración Pública, órgano o entidad emisora.
Así mismo, se podrán presentar copias digitalizadas de los documentos originales, cuya fidelidad con el original se garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. En este supuesto, el CPRL podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir a las personas o entidades interesadas la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización al órgano gestor para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
¿Aún tienes dudas?
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamarnos, estaremos encantadas de atenderte en Sastre Durán Asesores de Empresas, teléfonos 655 08 62 41 // 954 960 042, o por correo en info@sastreduranasesores.com.